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La Justicia ordenó aplicar el juicio en ausencia para los acusados del atentado a la AMIA

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El juez federal Daniel Rafecas dispuso aplicar, por primera vez en la Argentina, el juicio oral en ausencia a los 10 acusados iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA de julio de 1994, que dejó 85 muertos.
Principales puntos:

  • Alcance de la medida: El pedido fue formulado por el fiscal de la UFI-AMIA, Sebastián Basso, amparado en la reforma al Código Procesal Penal aprobada este año que habilita juzgar en ausencia a acusados de delitos graves (terrorismo, lesa humanidad) prófugos por más de cuatro meses.
  • Acusados: Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Todos tienen alerta roja de Interpol desde 2006 y nunca fueron detenidos.
  • Procedimiento: Las partes disponen de tres días hábiles para apelar. La Fiscalía además debe solicitar los procesamientos formales antes de la elevación a juicio.
  • Fundamentos: Rafecas sostuvo que el juicio en ausencia evita la impunidad cuando los imputados se sustraen al proceso y garantiza el derecho de las víctimas a la verdad y la justicia. Señaló precedentes internacionales (Juicios de Núremberg) y concluyó que la figura es constitucional.
  • Posturas encontradas: AMIA y DAIA apoyaron la medida; APEMIA, Memoria Activa, Asociación 18J y la defensa oficial se opusieron, pidiendo más pruebas y cuestionando juicios previos fallidos.
  • Garantías: La ley permite a los acusados presentarse en cualquier etapa o luego del veredicto para exigir un nuevo juicio, preservando el debido proceso.
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