{"id":9055,"date":"2025-06-26T12:15:58","date_gmt":"2025-06-26T15:15:58","guid":{"rendered":"https:\/\/lalupa24.com.ar\/?p=9055"},"modified":"2025-06-26T12:15:59","modified_gmt":"2025-06-26T15:15:59","slug":"la-justicia-ordeno-aplicar-el-juicio-en-ausencia-para-los-acusados-del-atentado-a-la-amia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lalupa24.com.ar\/index.php\/2025\/06\/26\/la-justicia-ordeno-aplicar-el-juicio-en-ausencia-para-los-acusados-del-atentado-a-la-amia\/","title":{"rendered":"La Justicia orden\u00f3 aplicar el juicio en ausencia para los acusados del atentado a la AMIA"},"content":{"rendered":"\n<p>El juez federal\u00a0Daniel Rafecas\u00a0resolvi\u00f3 hoy que se aplique el\u00a0juicio oral en ausencia para los 10 acusados de haber planificado y ordenado el atentado terrorista a la AMIA, ocurrido en julio de 1994 y que mat\u00f3 a 85 personas.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuentes judiciales informaron que el magistrado acept\u00f3 el pedido del titular de la UFI AMIA,\u00a0Sebasti\u00e1n Basso, para que a los acusados -iran\u00edes y libaneses que est\u00e1n pr\u00f3fugos de la justicia argentina desde 2006-, se les aplique el juicio en ausencia, que fue aprobado este a\u00f1o por el Congreso de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los 10 acusados son\u00a0Al\u00ed Fallahijan, Al\u00ed Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Tienen alerta roja de Interpol y pedido de captura internacional desde 2006 pero nunca fueron detenidos. Ir\u00e1n, el pa\u00eds de la mayor\u00eda de los imputados, no extradita a sus ciudadanos y cuando viajan por el mundo no son detenidos por razones geopol\u00edticas o porque las alertas no se activan. Muchos son actualmente funcionarios del gobierno de Ir\u00e1n y otros lo fueron cuando ocurri\u00f3 el atentado.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta es la primera vez que se aplica el juicio en ausencia en la historia argentina. Pero el env\u00edo de la causa a juicio oral no es inmediato. Las partes tienen tres d\u00edas h\u00e1biles para apelar el fallo -la defensa oficial y algunas querellas se opusieron al juicio en ausencia- y que sea revisado por la C\u00e1mara Federal y la Fiscal\u00eda debe pedir los procesamientos de los 10 acusados para que as\u00ed queden en condiciones jur\u00eddicas de pasar a juicio oral.<\/p>\n\n\n\n<p>El juicio en ausencia se legisl\u00f3 este a\u00f1o en una reforma que aprob\u00f3 el Congreso Nacional al C\u00f3digo Procesal Penal a instancias de un proyecto del gobierno de\u00a0Javier Milei. Esa figura\u00a0permite juzgar en el pa\u00eds a acusados de delitos graves que no est\u00e9n en el territorio. La norma se aplica para los delitos contemplados en el Estatuto de Roma, como los de terrorismo y de lesa humanidad, y en los casos donde los acusados est\u00e9n pr\u00f3fugos de la causa hace cuatro meses, como los imputados del caso AMIA.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley les permite a los acusados presentarse durante o despu\u00e9s del proceso para iniciar un nuevo juicio.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cUno de los principales argumentos a favor de los juicios en ausencia, es que permiten avanzar en la justicia, incluso cuando el acusado evade el proceso penal, ya sea porque no comparece o desconoce la jurisdicci\u00f3n del tribunal, o se encuentra en lugares donde no puede ser extraditado\u201d, sostuvo el juez Rafecas en su resoluci\u00f3n de 148 p\u00e1ginas.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se aprob\u00f3 la ley de juicio en ausencia, el abogado\u00a0<strong>Tom\u00e1s Farini Duggan<\/strong>, que representa a las pap\u00e1s de dos v\u00edctimas del atentado, y el fiscal Basso pidieron que se aplique ese figura a los acusados. Antes de resolver, el magistrado le pidi\u00f3 opini\u00f3n a todas las partes.<\/p>\n\n\n\n<p>La AMIA y la DAIA, dos de las querellas del caso, compartieron la postura. Por su parte, la\u00a0Asociaci\u00f3n por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA (APEMIA), Memoria Activa y la Asociaci\u00f3n 18J-Familiares y Amigos de las V\u00edctimas en el Atentado a la AMIA\u00a0-tambi\u00e9n querellantes- y la defensa oficial que representa a los acusados se opusieron.<\/p>\n\n\n\n<p>En su resoluci\u00f3n, Rafecas repas\u00f3 los antecedentes internacionales de juicio en ausencia, las legislaciones de otros pa\u00edses, la ley sancionada por el Congreso Nacional y fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n que aval\u00f3 extradiciones de personas. Cit\u00f3 el caso del juicio de N\u00faremberg, en el que jerarcas nazis fueron juzgados por sus cr\u00edmenes por un tribunal de las potencias aliadas de la segunda guerra mundial. El magistrado concluy\u00f3 que el juicio en ausencia es constitucional y que se puede aplicar.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn muchos casos, especialmente en cr\u00edmenes internacionales graves (genocidio, cr\u00edmenes de guerra y cr\u00edmenes de lesa humanidad), los acusados son l\u00edderes militares o pol\u00edticos con recursos para ocultarse o huir a pa\u00edses sin extradici\u00f3n.\u00a0Sin la opci\u00f3n de un juicio en ausencia, estos individuos podr\u00edan permanecer pr\u00f3fugos indefinidamente y los casos podr\u00edan quedar paralizados, evitando ser juzgados, y privando a las v\u00edctimas de justicia\u201d,\u00a0consider\u00f3 Rafecas.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n sostuvo que \u201clos juicios en ausencia pueden ser vistos como una herramienta para reconocer los derechos de las v\u00edctimas y asegurar que los cr\u00edmenes no queden impunes. En muchos casos, las v\u00edctimas y sus familias esperan durante a\u00f1os un proceso judicial que les permita conocer la verdad y obtener una sentencia contra los responsables\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa ausencia voluntaria del imputado, al sustraerse del proceso, no solo vulnera su propio derecho de defensa, sino que tambi\u00e9n lesiona el derecho de la v\u00edctima a obtener justicia y el inter\u00e9s de la sociedad en la resoluci\u00f3n del conflicto social generado por el delito\u201d, plante\u00f3 Rafecas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cComo juez, no pierdo de vista que esta es una situaci\u00f3n excepcional.\u00a0Que declarar la apertura del proceso en ausencia es una decisi\u00f3n que se toma en un marco at\u00edpico, in\u00e9dito incluso. Pero tambi\u00e9n s\u00e9 que este tipo de decisiones no suprimen las garant\u00edas ni el debido proceso. El tr\u00e1mite seguir\u00e1 teniendo sus etapas, sus exigencias, sus evaluaciones. Y cada una ser\u00e1 una nueva oportunidad para controlar lo hecho, revisar lo que falta, exigir lo que no se cumpli\u00f3\u201d, concluy\u00f3 Rafecas.<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las objeciones que hicieron las querellas que se opusieron al juicio en ausencia es que a la causa le faltan m\u00e1s pruebas -por ejemplo acceder y analizar a los archivos desclasificados de inteligencia- y que ya hubo juicios orales por el atentado en el que se determinaron irregularidades en la investigaci\u00f3n y que terminaron los acusados absueltos. Uno de ellos fue el juicio a\u00a0Carlos Telleld\u00edn, el reducidor de autos que estuvo 10 a\u00f1os presos acusado de haber entregado la camioneta que se us\u00f3 como coche bomba en la AMIA sabiendo que se iba a utilizar para ese fin. Telleld\u00edn fue absuelto.<\/p>\n\n\n\n<p>Rafecas se\u00f1al\u00f3 que ese planteo \u201ces comprensible\u201d. \u201cNo resulta menor que, luego de a\u00f1os de b\u00fasqueda de justicia, el solo hecho de tener que volver a exponerse a un nuevo proceso, pueda generar en las v\u00edctimas sentimientos de duda, temor o incluso de desconfianza hacia el sistema de administraci\u00f3n de justicia\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTambi\u00e9n debe decirse, que precisamente una de las funciones centrales del juicio, aun bajo las condiciones particulares que impone su tramitaci\u00f3n en ausencia, es ofrecer un espacio institucional en el cual sea posible someter a prueba, p\u00fablicamente, aquello que hasta el momento ha sido materia de investigaci\u00f3n.\u00a0La finalidad, no es otra que generar las condiciones m\u00ednimas para que el Ministerio P\u00fablico Fiscal, intente acreditar su hip\u00f3tesis f\u00e1ctica, y que las querellas (y la sociedad en su conjunto) puedan acceder a una reconstrucci\u00f3n p\u00fablica y controlada de los hechos. Esa es la raz\u00f3n de ser del juicio oral y p\u00fablico. Si no hay debate, se pierde la oportunidad de conocer y esclarecer. Y sin esclarecimiento, lo que quedan son dudas y faltas de certezas\u201d, sostuvo Rafecas sobre las objeciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez federal\u00a0Daniel Rafecas\u00a0resolvi\u00f3 hoy que se aplique el\u00a0juicio oral en ausencia para los 10 acusados de haber planificado y ordenado el atentado terrorista a la AMIA, ocurrido en julio de 1994 y que mat\u00f3 a 85 personas. 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